Autoridades Ambientales de República Dominicana decomisarán productos derivados de tortugas marinas
17 de octubre de 2008 - CCAD
Area: Medio Ambiente
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(Con información de SEMARENA). La Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales de República Dominicana (SEMARENA), informó el 16 de octubre que procederá a decomisar en los establecimientos comerciales todo tipo de artículos, productos y/o derivados de tortugas marinas, principalmente de tortuga carey, a partir del 3 de noviembre del año en curso.
La institución, que publicó un aviso en un diario matutino de circulación nacional, ha establecido un plazo hasta el 2 de noviembre de 2008, para que los establecimientos que expendan este tipo de productos los retiren.
“Es urgente que todos entendamos que el comercio ilegal de productos de tortugas marinas y de las demás especies protegidas está estrictamente prohibido porque están en peligro de extinción. Debe desaparecer en el menor tiempo posible. Por tanto, no se otorgarán prórrogas ni exenciones en este sentido”, expresó Jaime David Fernández Mirabal, secretario de Medio Ambiente.
El Secretario tomó esta medida en virtud de lo que establece la Ley 64-00, el Decreto Presidencial 752-01 y la Ley No. 307-04, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), de la cual el país es signatario desde 1987, y del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica (DR-CAFTA), en vigencia desde 2007.
El decomiso se realizará a través de la Subsecretaría de Estado de Áreas Protegidas y Biodiversidad, en coordinación con la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y el Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA). Aquellos establecimientos que no cumplan con esta disposición serán penalizados de acuerdo a lo establecido en la legislación dominicana.
Ilegalidad del comercio
El comercio de tortugas marinas (carey, tinglar, caguamo y tortuga verde) es considerado ilegal por la Ley General de Medio Ambiente 64-00, específicamente en su Art.140, el Decreto Presidencial 752-01, y recientemente, por la Ley No. 307-04 que crea el Consejo Dominicano de la Pesca y la Acuacultura (CODOPESCA).
En el marco legal internacional, la tortuga carey está incluida en la Lista Roja de la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN), en la categoría “en peligro crítico de extinción” y en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), de la cual el país es signatario desde 1987. Esto significa que su comercio internacional está estrictamente prohibido.
Para mayor información, favor comunicarse con Rosa Otero, Directora de Comercio y Ambiente de la SEMARENA y Punto de Contacto del Acuerdo de Cooperación Ambiental CAFTA-DR: rosa.otero@medioambiente.gov.do
Source: http://www.sica.int/busqueda/Noticias.aspx?IDItem=29115&IDCat=3&IdEnt=696&Idm=1&IdmStyle=1 |